Durante el año 2021 las juntas de socios podrán celebrarse de forma telemática.
A causa del Covid-19 se aprobó que las juntas podrían celebrarse por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple hasta el 31 de diciembre de 2020. Pues bien, dicha posibilidad se ha ampliado a todo el año 2021.
En este sentido, no es necesario que los estatutos prevean esta posibilidad, pero sí deben cumplirse dos requisitos:
- Que todas las personas que tengan derecho de asistencia (o quienes los representen), dispongan de los medios necesarios.
- Que el secretario de la junta reconozca la identidad de los asistentes y así lo indique en el acta (la cual debe remitir de inmediato a las direcciones de correo electrónico).
Si debe convocar una junta de estas característas indique en la convocatoria que la reunión se celebrará por videoconferencia. Además de cumplir los requisitos de antelación mínima y comunicación, indique cómo se deberán identificar los socios que asistan, y añada que, una vez identificados, se les facilitará el identificador de la reunión y la contraseña para acceder a la videoconferencia.
Características de la junta general de socios
- Consiste en la reunión del capital social de una sociedad. Es decir, es la reunión de los socios de una sociedad.
- La reunión del capital social se establece para la toma de una serie de decisiones.
¿Cuáles son las decisiones que se toman en la junta general de socios?
Son las que establezca el legislador de cada país. Además, los estatutos de la sociedad, pueden establecer decisiones adicionales que sean competencia de la Junta General de Socios, aunque la ley no lo establezca.
Las principales decisiones son:
- La aprobación de las cuentas anuales y la distribución del resultado. .
- Nombramiento o cese de los administradores.
- Otras operaciones que afecten al funcionamiento habitual de la sociedad. Por ejemplo, operaciones de internacionalización, ciertos acuerdos comerciales relevantes, etc.
La toma de decisiones diarias de una sociedad corresponde a los administradores de la misma, que es un órgano distinto a la Junta General de Socios. Sin embargo, para las decisiones que afecten decisivamente a la sociedad, se suele requerir la aprobación de la Junta.
¿Cómo se toman las decisiones?
En función del tipo de acuerdo que se vaya a tomar y del tipo de sociedad que sea se requerirá una mayoría distinta para aprobar el acuerdo.
La mayoría más habitual es la mayoría simple (es decir, más votos a favor que en contra). Sin embargo, a medida que va aumentando la importancia de la decisión a tomar, se aumenta el «quorum» de la mayoría necesaria para aprobar el acuerdo. Esta mayoría puede ser mayoría cualificada (por ejemplo, requerir 3/4 o 2/3 de votos favorables del capital social) o incluso la unanimidad (es decir, la aprobación de todo el capital social).
Tipos de junta general de socios
La distinción más importante entre Juntas Generales de Socios es la Junta Ordinaria y la Junta Extraordinaria:
- Junta ordinaria. La Junta Ordinaria es la Junta General de Socios donde se tienen que aprobar las cuentas anuales y la distribución del resultado. Además de lo anterior, se pueden tomar decisiones sobre otros acuerdos, siempre que se incluyan en los puntos del día. Es obligatoria y tiene que realizarse con carácter anual (es decir, una vez al año).
- Junta extraordinaria. La Junta Extraordinaria es toda aquella que no es Ordinaria. Es decir, son Juntas Extraordinarias todas aquellas donde se tomen decisiones distintas a la de la aprobación de las cuentas anuales y de la distribución de resultado. La celebración de Juntas Extraordinarias es voluntaria y pueden realizarse tantas como se desee a lo largo del año.