Si eres autónomo es muy importante que sepas cuáles han sido las modificaciones en las bonificaciones y reducciones de las cuotas en el RETA (Régimen Especial Trabajadores Autónomos). Uno de los cambios principales es que las empresas que contrataban autónomos les reducían las bonificaciones, ahora con la nueva regulación esto no ocurrirá más.
Los trabajadores autónomos que se den de alta inicial o que no hayan estado como autónomos en los 5 años anteriores en el RETA podrán disfrutar de lo que se conoce como Tarifa plana RETA.
Dependiendo de lo que opten por cotizar tendrán unas reducciones u otras. En la tabla podemos ver los distintos tipos de bonificaciones que tendrán y la duración máxima de cada una de ellas:
También existe una tarifa plana RETA para personas con un grado de discapacidad del 33%, para las víctimas del terrorismo y víctimas de la violencia de género, que de la misma manera que en el caso anterior, se acaben de dar de alta y en los 5 años anteriores no hayan realizado ningún actividad por cuenta propia.
También dependerá de la base de cotización que quieran pagar:
En los dos casos estas bonificaciones también estarán disponibles para los socios de SL y socios de cooperativas que estén inscritos en el RETA.