Ayudas a la contratación
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Nuevas ayudas a la contratación laboral

Apoyo al empleo y fomento de la contratación laboral

En un esfuerzo por fortalecer el mercado laboral y fomentar el empleo de calidad, se ha implementado un innovador sistema de incentivos conforme al Real Decreto-ley 1/2023, promulgado el 10 de enero de 2023. Este sistema busca promover la contratación de personas desempleadas en situación vulnerable, estimular el trabajo autónomo y facilitar la transición de contratos a tiempo parcial y fijos discontinuos a contratos a tiempo completo e indefinidos ordinarios.

Las nuevas ayudas a la contratación se centran en reducir las cargas financieras mediante la rebaja de cuotas de la Seguridad Social y la asignación de diversas subvenciones públicas.

Para obtener estas ayudas a la contratación, ¿qué requisitos debes cumplir?

  1. No haber sido inhabilitado previamente para recibir subvenciones, ayudas públicas y beneficios fiscales y de la Seguridad Social.
  2. No haber sido excluido de la posibilidad de acceder a ayudas, subvenciones, bonificaciones y beneficios debido a infracciones graves o muy graves.
  3. Estar al día en las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  4. Contar con un plan de igualdad.
  5. Mantener el empleo durante al menos tres años en el caso de bonificaciones para la contratación indefinida.

¿Cuáles son las nuevas bonificaciones?

Nuevas ayudas a la contratación para individuos con capacidades intelectuales limitadas o para aquellos reincorporados tras dejar la empresa debido a una incapacidad permanente:

  • Incentivo: 128 €/mes durante 4 años
    • En contratos indefinidos para personas con capacidades intelectuales limitadas.
  • Incentivo: 138 €/mes durante 2 años
    • En contratos indefinidos para personas reincorporadas después de una incapacidad permanente total o absoluta.

Inclusión laboral para mujeres afectadas por violencia de género, violencia sexual, trata de personas y explotación sexual o laboral:

  • Incentivo mensual 128 € durante un período de 4 años en ofertas de contratación indefinida.
  • Estipendio mensual de 366 € para contratos de duración determinada para personas desempleadas que sustituyan a trabajadores en ciertos casos:
    • Personas desempleadas menores de 30 años que asuman el relevo de alguien beneficiario del subsidio por riesgo durante el embarazo y la lactancia (SREL).
    • Personas menores de 30 años sin empleo que tomen el lugar de alguien beneficiario del subsidio por nacimiento, cuidado de menores y corresponsabilidad en el cuidado del lactante.
    • Personas que sustituyan a autónomos que estén percibiendo prestaciones por las situaciones anteriores.
    • Personas desempleadas con discapacidad que reemplacen a empleados con discapacidad durante su incapacidad temporal.
  • Beneficio adicional de 366 €: personas trabajadoras a quien se sustituyen durante SREL, así como durante el período de nacimiento y cuidado de menor, incluyendo la corresponsabilidad en el cuidado del lactante.
  • Ayuda mensual de 138 €: Por cambio a un puesto de trabajo compatible con el embarazo y la lactancia natural para evitar riesgos.
  • Ayuda mensual de 138 €: Por cambio a un puesto de trabajo dentro de la misma empresa o en otra empresa en casos de enfermedad profesional en un puesto compatible.

Contratación de individuos en situación de exclusión social, desempleados de larga duración y víctimas del terrorismo:

  • 128 €/mes durante 4 años: por contratación indefinida de personas en situación de exclusión social.
  • Aumento del incentivo a 147 €/mes durante 12 meses: cuando se proviene de una empresa de inserción y no ha trabajado para otro empleador durante más de 30 días después de dejar la empresa de inserción.
  • 110 €/mes durante 3 años: por contratación indefinida de desempleados de larga duración.
  • 128 €/mes durante 4 años: por contratación indefinida de víctimas del terrorismo.

Programas de capacitación laboral y su conversión en empleos estables, así como contratación de personal en formación para investigación:

  • Contrato de formación en alternancia: La empresa aporta 91 €/mes y el empleado contribuye con 28 €/mes a la Seguridad Social y a los conceptos de recaudación conjunta. Excluye programas públicos mixtos de empleo-formación.
  • Transformación en contratos indefinidos de contratos formativos y de relevo:
    • 128 €/mes para hombres y 147 €/mes para mujeres durante 3 años para contratos formativos.
    • 55 €/mes para hombres y 73 €/mes para mujeres durante 3 años para contratos de relevo.
  • 138 €/mes durante 3 años por contratación indefinida o incorporación como socio en cooperativas o sociedades laborales de individuos en formación práctica en empresas. Si la persona tiene discapacidad la ayuda es indefinida.
  • 115 €/mes: contratación de personal investigador mediante contrato predoctoral.
  • Programas de formación en alternancia.

Respaldo al empleo en la economía social y en sectores específicos:

  • Incorporación de trabajadores como socios en cooperativas y sociedades laborales (en nómina):
    • 73 €/mes durante 3 años.
    • 147 €/mes durante el primer año para los menores de 30 años o los mayores de 35 con discapacidad.
  • 55 €/mes para hombres, 73 €/mes para mujeres al convertir contratos temporales en contratos fijos-discontinuos en el ámbito agrario..
  • 262 €/mes por la prolongación del empleo de trabajadores con contratos fijos-discontinuos en turismo, comercio y hostelería durante febrero, marzo y noviembre.
  • 262 €/mes por la contratación en sectores específicos y áreas geográficas designadas, como agricultura, pesca, industria (excluyendo energía y agua), comercio, turismo, hostelería y otros servicios, en Ceuta y Melilla.
    • Se requiere al menos 20 horas de formación si la bonificación es superior a 6 meses.


Contratación indefinida de jóvenes con baja cualificación inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil:

  • 275 €/mes durante 3 años para contratos realizados con personas menores de 30 años entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024.

Contratación en el ámbito familiar:

  • Beneficios estipulados en la Disposición Adicional 1ª del Real Decreto-ley 16/2022 para mejorar las condiciones laborales y de seguridad social de los trabajadores del hogar.

Bonificaciones en las cotizaciones de trabajadores autónomos:

  • Aquellas establecidas en la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, promulgada el 11 de julio.

Contratación de personas con discapacidad:

  • 375 €/mes durante todo el periodo de contratación en casos de contratación indefinida o transformación de contratos temporales de fomento del empleo o formativos para personas con discapacidad.
  • 425 €/mes durante todo el periodo de contratación:
    • Si la persona tiene parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de minusvalía del 33% o más.
    • Si la persona tiene discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía del 65% o más.
  • Bonificación del 100% en todas las cuotas empresariales por contratación de personas con discapacidad a través de la ONCE.
  • Bonificación del 50% en las cuotas empresariales por contratación de personas con discapacidad mediante contratos formativos.

Incentivos para contratos realizados por empresas de inserción:

  • 70,83 €/mes: para empresas de inserción social que contraten personas en situación de exclusión social.
    • 147 €/mes si la persona tiene menos de 30 años o 35 años con una discapacidad igual o superior al 33%, durante 3 años.

Bonificación en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social del personal investigador:

  • Bonificación del 40% en la cuota empresarial por contrato indefinido, para empresas dedicadas a actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica.
    • Esta bonificación se aplica al personal contratado exclusivamente para la realización de estas tareas y dedicado por completo a ello.
    • Se añade un 5% adicional si se trata de jóvenes investigadores (menores de 30 años) y otro 5% si son mujeres.

Bonificaciones para contratos temporales destinados a reemplazar a trabajadoras víctimas de violencia de género o violencia sexual:

  • Bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social en contratos de interinidad destinados a sustituir a trabajadoras que sean víctimas de violencia de género que hayan:
    • Suspendido su contrato de trabajo durante un período de seis meses.
    • Ejercido su derecho a la movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo durante 6 meses.
  • Bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social en contratos de interinidad con desempleados, para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia sexual que hayan:
    • Suspendido su contrato de trabajo durante un período de seis meses.
    • Ejercido su derecho a la movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo durante 6 meses.

Bonificaciones en el ámbito laboral especial para personas penadas en instituciones penitenciarias:

  • 70,83 €/mes para empresas de inserción social que contraten personas en situación de exclusión social.
    • 147 €/mes si tienen menos de 30 años o 35 años con una discapacidad igual o superior al 33%, durante 3 años.

Simplifica la obtención de las nuevas ayudas a la contratación para tu empresa

El Real Decreto-ley 1/2023 introdujo importantes incentivos para fortalecer el mercado laboral y promover empleos de calidad. Desde bonificaciones en las cotizaciones sociales hasta ayudas directas a la contratación, se busca facilitar la inserción laboral de diversos colectivos, como personas con discapacidad, desempleados de larga duración, jóvenes con baja cualificación y víctimas de violencia de género o sexual.

Para acceder a estas bonificaciones, es crucial cumplir con requisitos como no haber sido inhabilitado para recibir ayudas públicas, estar al día con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y mantener el empleo durante un período mínimo en el caso de las bonificaciones para contratos indefinidos.

Si necesitas orientación para aprovechar estas oportunidades o externalizar la gestión de estas subvenciones, no dudes en utilizar nuestro servicio de asesoría laboral. Nuestro equipo de expertos no solo te guiará, sino que también se encargará de todas las gestiones necesarias para garantizar que obtengas el máximo beneficio.

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